Plan de Calidad del Aire de la Ciudad de Madrid

ANTE LAS RESTRICCIONES DEL AYUNTAMIENTO, ACÓGETE A LAS AYUDAS PARA RENOVAR LOS VEHÍCULOS DE TU EMPRESA

Agremia
Miguel Ángel Sagredo

C/Antracita, 7, 2ª planta. Madrid 28045 91 468 72 51

MIGUEL ÁNGEL SAGREDO

Responsable Asesoría Jurídica

Madrid, 20 de septiembre de 2017

Una vez finalizado el plazo de alegaciones abierto el pasado mes de junio, el martes 19 de septiembre se presentó ante la Comisión de Calidad el Aire del Ayuntamiento de Madrid, la versión definitiva del Plan de Calidad del Aire de la Ciudad de Madrid, también conocido como “Plan A”, como paso previo a su previsible aprobación por el Pleno municipal a finales del presente mes de septiembre.

El citado Plan contempla una serie de medidas dirigidas a la mejora de la calidad del aire de la ciudad, algunas de las cuales afectan diariamente a las empresas instaladoras como las relacionadas con la movilidad, la eficiencia energética de los edificios.

Las relativas a movilidad pueden resumirse en el siguiente cuadro:

Ámbito territorial201820202025
Área Central Cero Emisiones (ver)Horarios diferenciados para el acceso de vehículos de servicios CERO y ECOAcceso de vehículos exclusivamente CERO, ECO y CAcceso de vehículos exclusivamente CERO y ECO
Interior M-30 (Zona SER)Gratuidad para vehículos CERO y sin restricción horaria. Bonificación del 50% a vehículos ECOLimitación al estacionamiento de vehículos sin distintivo ambiental
Todo el término municipalRenovación de taxis exclusivamente con vehículos ECO o CEROFlota EMT 100% de bajas emisionesLimitación a la circulación de vehículos sin distintivo ambiental. Taxis exclusivamente CERO o ECO
DISTINTIVO AMBIENTALCLASIFICACIÓN DE VEHÍCULOS SEGÚN SUS EMISIONES
Ciclomotores, triciclos, cuadriciclos y motocicletas; turismos; furgonetas ligeras, vehículos de más de 8 plazas y vehículos de transporte de mercancías clasificados en el Registro de Vehículos de la DGT como vehículos eléctricos de batería (BEV), vehículo eléctrico de autonomía extendida (REEV), vehículo eléctrico híbrido enchufable (PHEV) con una autonomía mínima de 40 kilómetros o vehículos de pila de combustible.
Turismos, furgonetas ligeras, vehículos de más de 8 plazas y vehículos de transporte de mercancíasclasificados en el Registro de Vehículos como vehículos híbridos enchufables con autonomía <40km, vehículos híbridos no enchufables (HEV), vehículos propulsados por gas natural, vehículos propulsados por gas natural  (GNC y GNL) o  gas licuado del petróleo (GLP). En todo caso, deberán cumplir los criterios de la etiqueta C.
Turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a partir de enero de 2006 y diésel a partir de 2014. Vehículos de más de 8 plazas y de transporte de mercancías, tanto de gasolina como de diésel,  matriculados a partir de 2014. Por tanto, los de gasolina deben cumplir la norma Euro 4,5 y 6 y en Diésel la Euro 6.
Turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a partir de enero del año 2000 y de diésel a partir de enero de 2006.Vehículos de más de 8 plazas y de transporte de mercancías tanto de gasolina como de diésel matriculados a partir de 2005. Por tanto, los de gasolina deben cumplir la norma Euro 3 y en Diésel  la Euro 4 y 5.

A la vista de estas novedades, tiene especial interés la apertura del plazo para la renovación del parque de furgones y furgonetas (<3.500 Kg), mediante las ayudas del Plan PIVCEM de la Comunidad de Madrid, del que informábamos hace unos días.

 

A través de este Plan, la Comunidad de Madrid concede ayudas que oscilan entre los 2.000 € y los 6.000 € según el tipo de vehículo, para modernización del parque de furgonetas y furgones con modelos de alta eficiencia energética, con menor consumo de combustible y menores emisiones de CO2 y NOx.

 

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas tanto los empresarios autónomos como las pequeñas y medianas empresas que hayan adquirido o vayan a adquirir vehículos de los contemplados en las bases de la convocatoria desde el pasado 16 de noviembre de 2016 y hasta el fin del plazo de presentación de solicitudes, previsto para el 30 de noviembre de 2017, salvo que se agoten antes los fondos disponibles, siempre que la adquisición vaya acompañada de la baja de otro vehículo en tráfico (salvo para nuevos autónomos o empresas de nueva creación).

Las citadas ayudas, compatibles con otras que puedan estar vigentes, pueden solicitarse de manera sencilla y cómoda a través de los concesionarios adheridos al Plan. Podrá encontrar el listado de concesionarios adheridos y los fondos disponibles a continuación.

Desde Agremia recomendamos que, en la renovación de las flotas, se tienda a la sustitución de los antiguos vehículos por nuevos clasificados como ECO o CERO emisiones y animamos a acogeros a las ayudas de los diversos organismos públicos en dichas operaciones.

¿Tienes alguna consulta sobre esta información? 

91 468 72 51  (Dpto. Jurídico)

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