Nº 14

Te recordamos que …

Instalación de equipos que utilizan R-32 como refrigerante

asociación empresas instaladoras
Miguel Ángel Sagredo

91 468 72 51 ext. 105

MIGUEL ÁNGEL SAGREDO

Asesor Jurídico

Ante la proximidad de la próxima campaña de climatización y las dudas surgidas a cerca de la instalación de los equipos de climatización que utilizan R-32 como refrigerante, te recordamos que:

La mayor parte de los equipos de climatización (fundamentalmente en el sector doméstico) que se han venido comercializando en los últimos años, utilizan gas R-410 como refrigerante, el cual está considerado como gas de tipo L1 por el reglamento de Instalaciones frigoríficas.

Con el fin de cumplir con las obligaciones establecidas a nivel internacional, Administración e industria vienen impulsando la introducción en el mercado de gases (y equipos basados en los mismos) con un menor Potencial de Calentamiento Global (PCA), como el gas R-32

El gas R-32, está considerado como gas del tipo L2, por el Reglamento de Seguridad de Instalaciones frigoríficas por su mayor grado de inflamabilidad.

La instalación de equipos de climatización que utilicen gas R-32 como refrigerante y que estén destinados al confort humano, deberá ser ejecutada por empresas Instaladoras Térmicas (RITE) que además estén acreditadas para la Manipulación de gases fluorados, y deberán cumplir adicionalmente los requisitos establecidos por el reglamento de Instalaciones Frigoríficas para las instalaciones de Nivel 2: Disponer de un técnico titulado en plantilla y tener contratado un seguro de responsabilidad civil con una cobertura mínima de 900.000 € por siniestro y año.

Así mismo, dichas instalaciones deberán ser objeto de la elaboración de un Proyecto de instalación y legalizadas ante el organismo territorial competente.

Si bien el proyecto de nuevo reglamento de Instalaciones Frigoríficas (actualmente en tramitación, al cual AGREMIA remitió en su día las oportunas alegaciones y cuya publicación no se espera antes de fin de año o principios del próximo) prevé reducir las exigencias antes descritas y equiparar la instalación de estos equipos a los que utilizan otros refrigerantes como el R-410, actualmente las referidas exigencias técnicas, están dificultando la instalación de equipos basados en R-32 y, paralelamente, un incremento del precio del gas R-410 como casi única alternativa a aquel.

A la vista de esta situación, AGREMIA ha venido manteniendo conversaciones con los distintos agentes afectados (ANGED, ACEMA, AFEC y AMASCAL), y se tienen reuniones previstas con la Dirección General de Industria de la Comunidad de Madrid, a fin clarificar esta situación, de manera que las empresas instaladoras puedan operar con la mayor seguridad jurídica y garantizando en todo caso los derechos de sus clientes.

Para mayor información o ante cualquier duda o consulta:

Departamento Técnico

91 468 72 51 

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