IMPORTANTE

Nota informativa de la Oficina Española del Cambio Climático sobre la venta y comercialización de gases fluorados y equipos basados en los mismos

Miguel Ángel Sagredo

914687251 ext. 105

MIGUEL ÁNGEL SAGREDO

Asesor Jurídico

Madrid, 22 de febrero de 2018

La Oficina Española de Cambio Climático ha hecho pública una nueva Nota Informativa de fecha 5 de febrero de 2018, por la que se establecen criterios de interpretación relativos a la comercialización de los gases fluorados y los equipos que los utilizan regulada en el RD 115/2017.

La Nota aborda de manera separada cuestiones como la venta de los gases fluorados y la venta de los equipos que utilizan gases fluorados y, en este último caso, incluye de un lado cuestiones relativas a la cumplimentación de los formularios (A y B) contenidos en el Anexo VI del RD y su comunicación a la Administración, y de otra, los supuestos en que dichos formularios deben o no ser cumplimentados y en su caso, por quienes.

Para facilitar la comprensión de la Nota Informativa, se resume en una tabla las novedades más importantes que introduce la nota informativa.

(*)  Anexo VI del RD 115/2017: Documentación que debe ser generada en caso de venta de equipos no herméticamente sellados que contengan gases fluorados:

  • Formulario A:  Declaración del Comercializador de equipos no herméticamente sellados y cargados con gases fluorados de efecto invernadero que requieran ser instalados por empresas habilitadas con personal certificado para su instalación
  • Formulario B:  Declaración del Comprador de equipos no herméticamente sellados y cargados con gases fluorados de efecto invernadero que requieran ser instalados por empresas habilitadas con personal certificado para su instalación

(** Se considerará empresa habilitada para la instalación de equipos de climatización destinados al confort térmico de las personas, las empresas que dispongan de habilitación como empresa instaladora térmica (RITE) y además dispongan habilitación como empresa manipuladora de gases fluorados.

       Se considerará empresa habilitada para la instalación de equipos de climatización destinados a otros usos, las empresas que dispongan de habilitación conforme al Reglamento de Seguridad de instalaciones frigoríficas (RSIF) y además dispongan habilitación como empresa manipuladora de gases fluorados.

MÁS INFORMACIÓN: ASESORÍA JURÍDICA

 91 468 72 51

C/ Antracita, 7, 2ª planta. Madrid

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