Madrid, a 25 de febrero de 2021

Compromisos que asumen las empresas instaladoras adheridas al convenio del Plan Renove Privado de Salas de Calderas en la Comunidad de Madrid 2021

Compromisos económicos adquiridos por las empresas instaladoras al adherirse al Plan Renove Privado de Salas de Calderas

Al adherirse al Plan Renove privado de salas de calderas de la Comunidad de Madrid, las empresas instaladoras se comprometen a:

a) Aportar sesenta céntimos de euro (0,60 €) por kW de potencia nominal de cada nueva instalación que pueda acogerse al Plan, destinados a difusión y gestión del Plan.

b) Realizar los descuentos en factura que figuran en la información pública de la página web www.cambiatucaldera.com, que corresponde al Plan Renove de salas de calderas en la Comunidad de Madrid.

En los siguientes apartados se aclarará la forma en que se realizarán dichas aportaciones para el cumplimiento de este Plan Renove

Aportaciones destinadas a difusión y gestión del Plan

La aportación destinada a difusión y gestión del Plan se determina multiplicando el factor 0,60 por la potencia nominal instalada en la reforma de la sala de calderas, obteniéndose el resultado en euros.

 

(1) Se considerará como potencia nominal para los cálculos el valor de la potencia máxima a la máxima temperatura de impulsión/retorno que se indica en la placa de características del fabricante.

 

Estas aportaciones se efectuarán una vez verificada la misma por el medio que se estime oportuno.  El valor exacto a transferir vendrá determinado en la factura que emitirá AGREMIA .

 

Nota: En la factura se repercutirá el IVA correspondiente (IVA general)

Bonificaciones de las empresas adheridas efectuadas mediante descuento en factura.

Filosofía de las bonificaciones de las empresas instaladoras adheridas

El espíritu del establecimiento de una bonificación, a través de descuento en la factura emitida por parte de la empresa instaladora adherida al Plan Renove, responde a dos objetivos principales:

 

a) Permitir que las empresas instaladoras complementen su colaboración con el Plan Renove de salas de calderas, asegurando a los usuarios unos descuentos en factura cuya cuantía depende de la potencia instalada y de los sistemas de mejora del ahorro energético que se hayan implementado en la instalación.

 

b) Posibilitar la intervención en el Plan Renove de salas de calderas de las empresas proveedoras de equipos y materiales, que deberán estar adheridas expresamente al Plan Renove de salas de calderas, por medio del documento “Anexo I” (ver documento “Procedimiento de colaboración de las empresas proveedoras de equipos y materiales con el Plan Renove de Salas de Calderas”, en apartado UTILIDADES de la aplicación informática).

Cuantía de las bonificaciones mediante descuento en factura que deben realizar las empresas instaladoras adheridas a sus clientes.

La adhesión de la empresa instaladora al Convenio del Plan Renove de salas de calderas, establece la obligación de que dichas empresas introduzcan unos descuentos en factura, que dependen de los sistemas de mejora de la eficiencia energética que se hayan instalado, según el siguiente detalle:

 

  • Con carácter general: 0,3 €/kW.
  • En caso de que las calderas de condensación instaladas incorporen un sistema de telegestión: 0,3 €/kW.

 

Estos descuentos, que deberán realizarse obligatoriamente en todas las instalaciones, podrán compensarse, en su totalidad o en parte, con los descuentos especiales que les realicen las empresas proveedoras adheridas al Plan Renove de salas de calderas en la Comunidad de Madrid.

 

La información del descuento se realizará dentro del propio “Boletín de solicitud del incentivo”, en el que la empresa instaladora deberá marcar los campos que identifiquen los sistemas instalados, obteniéndose el resultado en función de la potencia nominal de la nueva instalación (PN).

 

(2) Se considerará como potencia nominal para los cálculos el valor de la potencia máxima a la máxima temperatura de impulsión/retorno que se indica en la placa de características del fabricante.

¿Cuándo deben aplicarse las bonificaciones por parte de las empresas instaladoras adheridas?

La aplicación de las bonificaciones es el resultado de que la instalación incorpore los sistemas de ahorro enumerados en el punto anterior, con las siguientes consideraciones:

 

  1. El descuento de carácter general se aplicará a todas las reformas que cumplan los requisitos generales del Convenio.
  2. El descuento adicional por la incorporación de un sistema de telegestión solamente se aplicará a aquellas instalaciones que incluyan este sistema.

 

Se define como “sistema de telegestión” el conjunto de equipos y componentes que posibilitan el control a distancia y en tiempo real de una instalación térmica con funcionamiento automático, permitiendo la visualización de los parámetros de funcionamiento, la modificación de la programación de éstos a distancia y la detección de avisos de anomalías en el funcionamiento, con el objetivo de optimizar el funcionamiento de la instalación y asegurar una información inmediata de las condiciones de funcionamiento así  como de cualquier incidencia que pueda surgir en el mismo.

Modo de intervención de las empresas proveedoras adheridas al Convenio

Aquellas empresas proveedoras de equipos, componentes y materiales que se utilizan en las reformas de las salas de calderas que quieran participar como “empresa proveedora adherida” deberán suscribir el correspondiente documento de adhesión.

 

Dentro de estos equipos y materiales no se incluyen las propias calderas, cuyos Fabricantes ya participan en el Convenio del Plan Renove de salas de calderas en la Comunidad de Madrid, a través de FEGECA, con la aportación de fondos destinados a la publicidad y gestión del Plan.

 

La adhesión como “empresa proveedora adherida” establece para dichas empresas la obligación de realizar un descuento adicional especial a todas las empresas instaladoras adheridas al Plan Renove de salas de calderas en la Comunidad de Madrid, en los equipos y sistemas que previamente estos hayan indicado en su compromiso. El listado se encontrará actualizado en el aparatado de “empresas proveedoras adheridas” de la página web www.cambiatucaldera.com.

 

El descuento adicional especial que realizarán las empresas proveedoras adheridas tendrá un valor fijo del 2 por 100 (2%) y se realizará sobre el importe neto que se obtiene después de aplicar el descuento comercial habitual que tenga la empresa.

 

En definitiva, el modo de realizar el descuento será como [descuento comercial (%) + 2%] y se aplicaría de la forma siguiente:

 

a) Sobre el precio de tarifa se aplicaría el descuento comercial habitual que tenga la empresa, obteniéndose el “importe neto habitual”.

b) Sobre este importe neto habitual se aplicaría un descuento especial del 2%, obteniéndose el importe neto después del descuento especial, que sería la cuantía a facturar antes de impuestos.

 

El ahorro obtenido por las empresas instaladoras adheridas como diferencia entre el “importe neto habitual” y el “importe neto después del descuento especial” compensará los compromisos de descuentos en factura anteriormente enumerados, a los que se han comprometido en el documento de solicitud de adhesión, permitiendo además la intervención de las empresas proveedoras de forma indirecta en el Plan.

Compromiso final de las empresas instaladoras adheridas

Con independencia de la posibilidad de obtención de la totalidad o una parte de la bonificación través de los descuentos que realicen las empresas proveedoras adheridas al Convenio, las empresas instaladoras se comprometen a realizar los descuentos que figuran en la información pública, es decir, en caso de que las cuantías obtenidas a través de los descuentos especiales no cubran la totalidad de la bonificación, la empresa instaladora asumirá a su cargo el resto del descuento.

Compromisos NO económicos asumidos por las empresas instaladoras

Aquellas empresas instaladoras que se adhieran al Plan, asumirán, además de los compromisos económicos descritos en el punto anterior, las siguientes obligaciones:

  1. Informar y promover entre sus clientes el uso de las calderas eficientes, informándoles de las ventajas energéticas que presentan.

  2. Informar con claridad a sus potenciales clientes sobre el Plan Renove.

  3. Gestionar en nombre y por cuenta del titular de la instalación, la solicitud de los incentivos objeto de este Plan Renove.

  4. Especificar en la factura de los trabajos, cuantías, alcances y demás elementos necesarios para una correcta tramitación del incentivo.

  5. Retirar la caldera sustituida, inutilizarla y certificar la inutilización.

  6. Aportar la documentación requerida para poder beneficiarse del Plan Renove.

  7. Aportar información fidedigna a AGREMIA sobre todos los asuntos relacionados con el Plan Renove.

  8. Proporcionar la información necesaria para la actualización de la base de datos asociada al Plan Renove.

  9. Comprobar que los elementos que utiliza cuentan con las garantías de correcto y seguro funcionamiento.

  10. Utilizar elementos completamente nuevos en las sustituciones que realicen.

  11. Actuar con total transparencia en todas sus actuaciones.

En caso de que durante el transcurso del Plan Renove, AGREMIA advirtiera que una Empresa Instaladora Adherida incumple los compromisos adquiridos, se le retirará, en su caso, previa audiencia al interesado, dicha condición, no siéndole desde entonces posible colaborar en la gestión de los incentivos del Plan Renove, Las solicitudes que dicha Empresa Instaladora Adherida tenga en curso en la fecha de esta comunicación se mantendrán vigentes, siempre y cuando no se identifique ninguna irregularidad en las mismas.

Se podrá denegar la condición de Empresa Instaladora Adherida a aquellas empresas instaladoras que hubieran incumplido alguno de los compromisos adquiridos durante el desarrollo de anteriores ediciones de este Plan Renove.

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Para más información sobre el Plan Renove de Salas de Calderas 2021

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