Se prorrogan las ayudas del MOVES III hasta el 30 de junio 2025

El Gobierno ha ampliado hasta el 30 de junio de 2025 el Plan Moves III conforme al Real Decreto-ley 9/2024, de 23 de diciembre, por el que se adoptan medidas urgentes en materia económica, tributaria, de transporte, y de Seguridad Social, y se prorrogan determinadas medidas para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social.

Estas ayudas ya fueron prorrogadas el 31 de julio de 2024 hasta el 31 de diciembre del mismo año, momento en el que han sido ampliadas seis meses más.

Por otro lado, también se mantiene la deducción del 15% en el IRPF por la compra de un coche eléctrico o híbrido enchufable, ya sea nuevo o seminuevo con un máximo de 12 meses de antigüedad, que se suma a la subvención del Plan Moves III.

Las actuaciones subvencionables incluyen la adquisición de vehículos eléctricos, la compra directa o por medio de operaciones de arrendamiento por renting o leasing de vehículos nuevos, seminuevos o de demostración con hasta 12 meses de antigüedad, así como la instalación de puntos de recarga, tanto de acceso público como privado, y en el caso de comunidades de propietarios, la preinstalación eléctrica y de servicio de comunicaciones para el sistema de recarga.

Más información en https://movestresmadrid.com/

2 de Enero 2024

Ampliación del Programa MOVES III

Conforme a la Resolución publicada en el BOCM Núm. 307, de 27 de diciembre, (https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2023/12/27/BOCM-20231227-19.PDF), se amplía el plazo de presentación de solicitudes del Programa MOVES III hasta el próximo 31 de julio de 2024, así como la dotación presupuestaria del Programa, aumentándose el crédito disponible en 15.000.000 € para la actuación de adquisición de vehículos y en 8.500.000 € para la actuación de implantación de puntos de recarga.

La tramitación de este Programa se realiza a través de los concesionarios adheridos en el caso de las ayudas para la compra de vehículos, y a través de las empresas instaladoras adheridas en el caso de las ayudas para la instalación de puntos de recarga. Se dispone de información adicional en https://movestresmadrid.com/.

Asimismo, en la citada Resolución se recoge la adaptación normativa por la entrada en vigor del Reglamento (UE) 2023/1315 de la Comisión, de 23 de junio de 2023, lo cual implica modificar los requerimientos a los que están sometidos los destinatarios últimos de las ayudas recogidas en los ordinales 1º, 4º y 5º del artículo 11.1 del Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, así como actualizar los requisitos de las infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos para incorporar los límites de las ayudas para los destinatarios últimos de los ordinales 1º y 2º del artículo 11.1, y de las pequeñas y medianas empresas que prefieran acoger su solicitud al régimen de minimis.

 

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