
17 Jun Ayudas del Ayuntamiento de Madrid al relevo generacional y a la creación neta de empleo dirigidas exclusivamente a autónomos
Madrid, 17 de junio de 2025
El objetivo de este programa es la concesión de subvenciones por relevo generacional o por creación de empleo dirigidas a personas afiliadas al Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos para contribuir al mantenimiento y sostenibilidad de su actividad económica.
El Plan se divide en 2 líneas subvencionables:
- El relevo generacional: considerando este como el traspaso en 2024 de un negocio abierto y desarrollado en un determinado local por una persona inscrita en el RETA que pase a la situación de jubilación o de incapacidad permanente, total o absoluta, o gran invalidez, a otra persona igualmente inscrita en el RETA, manteniendo y desarrollando el mismo negocio en el mismo local con el cambio de titularidad de la actividad correspondiente.
El local podrá ser a puerta de calle, interior o agrupado.
Un relevo sólo podrá dar lugar a un beneficiario de la ayuda.
- La creación neta de empleo: haber creado empleo neto en 2024 en comparación con 2023. El empleo creado debe incluir al menos un contrato indefinido en 2024 que deberá continuar vigente al menos en enero de 2025.
La creación neta se comprobará mediante comparación de la plantilla media de 2024 con la de 2023. La diferencia numérica entre ambas magnitudes tiene que ser igual o superior a 0,5.
El Ayuntamiento de Madrid destina a estas ayudas 2.000.000 €, que se distribuirán en 500.000 € para la línea de relevo generacional y 1.500.000 € para la línea de creación de empleo.
En cualquier caso, el domicilio fiscal de la persona solicitante o el local donde se desarrolla la actividad económica debe encontrarse en el término municipal de Madrid.
Importe de las ayudas
La subvención por beneficiario en la línea de relevo generacional será de 10.000 € y en la línea de creación de empleo de un máximo de 5.000 € cuando la diferencia entre plantillas medias sea de una unidad o superior. Si la diferencia es menor a una unidad, el importe de la subvención será el resultado de multiplicar esta diferencia, con un decimal, por 5.000 €.
Plazo y forma de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes se ha iniciado el pasado 12 de junio y se extenderá hasta el próximo 1 de julio.
Las solicitudes pueden presentarse a través del Registro Telemático disponible en https://ayudasautonomosmadrid.com/2025/06/03/requisitos-previos-a-la-solicitud-online/, o bien de manera presencial en la sede de la Cámara de Comercio, Industria y Servicios de Madrid (Plaza de la Independencia 1) de lunes a viernes de 9 a 14 horas.
Puedes acceder a más información en https://ayudasautonomosmadrid.com/, o en el teléfono 910 770 999 en horario de 9 a 15 h de L-V
Para ampliar esta información o ante cualquier duda:
Área de Proyectos y Subvenciones Públicas

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