Plan de Igualdad: obligatorio para empresas de 50 o más personas trabajadoras en plantilla

ARTÍCULO TÉCNICO

Entorno laboral integrador e igualitario

Desde 2022, la implantación de un Plan de Igualdad es un requisito legal en España para empresas con 50 o más personas trabajadoras en plantilla, según el Real Decreto Ley 6/2019. Asimismo, se configura como una herramienta clave para la competitividad de la empresa, además de incrementar el bienestar laboral.

Beneficios del Plan de Igualdad

El Plan de Igualdad busca garantizar la igualdad de trato y oportunidades entre hombres y mujeres en el entorno laboral. Esto incluye medidas concretas para erradicar la discriminación salarial, fomentar la conciliación familiar y profesional o prevenir el acoso laboral por razón de sexo. Disponer de un Plan de Igualdad ofrece numerosas ventajas para las empresas o entidades. Entre ellas:

  1. Mejora del ambiente laboral: la implementación de políticas inclusivas promueve una cultura organizativa basada en el respeto y la equidad, lo que incrementa la satisfacción y el compromiso de los empleados.
  2. Atracción y retención del talento: los candidatos valoran cada vez más las empresas que demuestran un compromiso real con la igualdad y la diversidad, lo que puede ser un factor decisivo en el reclutamiento.
  3. Evitar sanciones y mejorar la reputación: la no implementación del PI puede acarrear multas, que van desde los 751€ hasta los 225.018€, en caso de que se considere como una infracción muy grave.
  4. Mejora de la imagen de marca: fomentar un ambiente laboral inclusivo y equitativo refuerza la reputación de la organización, demostrando su compromiso con la igualdad de género y la responsabilidad social.

 

Proceso de implementación

Un Plan de Igualdad requiere un diagnóstico inicial para identificar desigualdades, seguido de la elaboración y aplicación de medidas correctivas y de su registro oficial. Este proceso no termina con su implementación inicial; el plan debe someterse a revisiones periódicas para evaluar su impacto, garantizar su efectividad y ajustarlo a las necesidades cambiantes de la entidad.

En este sentido, es fundamental recordar que el Plan de Igualdad tiene una vigencia máxima de cuatro años. Al finalizar este periodo, será obligatorio diseñar y registrar un nuevo plan, adaptado a la realidad actual de la organización, asegurando así la continuidad de los avances en materia de igualdad y su alineación con las normativas vigentes. Esta dinámica garantiza que el compromiso con la igualdad sea constante y evolutivo.

Protocolo de prevención de acoso y registro salarial: obligatorio para todas las empresas

Todas las empresas y entidades, con independencia del número de personas trabajadoras que tengan en plantilla, deben contar con un Protocolo de Prevención de Acoso que vele por la igualdad de trato y oportunidades en el ámbito laboral. Además, el Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, impone también como una obligación para todas las empresas la creación de un registro salarial para hacer efectivo el derecho a la igualdad de trato y a la no discriminación entre mujeres y hombres en materia retributiva.

El incumplimiento de estos requisitos legales conlleva multas que van desde los 626€ hasta los 6.250€.

 

En Conversia somos tu aliado en materia de Igualdad

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