13 Oct Novedades para el acceso al “DISTRITO CENTRO” de los vehículos comerciales con clasificación ambiental B (amarillo)
Madrid, 11 de octubre de 2023
Recordamos que los vehículos con la calificación de comerciales o industriales con etiqueta ambiental B de menos de 3.500 kg, no podrán acceder al llamado “Distrito Centro” partir del próximo 01/01/2024
Recordamos que, de conformidad con lo dispuesto en las disposiciones Transitorias de la vigente Ordenanza de Movilidad del Ayuntamiento de Madrid, los vehículos con la calificación de comerciales o industriales con etiqueta ambiental B de menos de 3.500 kg, no podrán acceder al llamado “Distrito Centro” partir del próximo 01/01/2024
Es decir, aquellos vehículos con tarjeta SER o de empresas que hubieran comunicado su condición de comercial o industrial al Ayuntamiento, con distintivo medioambiental «B» (etiqueta amarilla), y que hasta ahora podrían acceder al Distrito Centro en horario de 7:00 a 13:00 horas, no podrán acceder a la zona de bajas emisiones a partir del día 01/01/2024, aunque dichos vehículos mantengan la autorización de vehículo comercial.
Como excepción, sí podrán acceder en los siguientes supuestos:
- Si les proporciona el acceso un residente de la zona haciendo uso de sus autorizaciones puntuales
- Si acceden a un Parking subterráneo de la zona que gestionará la autorización de acceso.
Es decir, si tienen que realizar algún trabajo el Distrito Centro, podrán acceder si lo meten en algún parking subterráneo (dichos parkings ya le proporcionan el acceso) o, si el residente que les reclama para algún trabajo, les da el acceso (en este caso se lo deben solicitar al residente), a través de las autorizaciones puntuales de las que disponen, bien antes de que se produzca el acceso o hasta dentro de los 5 días inmediatamente posteriores al mismo, por alguna de las vías que ha dispuesto el Ayuntamiento:
- Telefónicamente a través del 010
- A través de la web del Ayuntamiento
- En Redes Sociales a través de @lineamadrid
Madrid, 22 de diciembre de 2022
PRORROGADA LA POSIBILIDAD DE ACCESO A DISTRITO CENTRO DE LOS VEHICULOS COMERCIALES E INDUSTRIALES CON ETIQUETA AMBIENTAL B
El Pleno del Ayuntamiento de Madrid ha aprobado el pasado martes día 20 una enmienda, para habilitar una prórroga anual para los vehículos ligeros de mercancías con clasificación ambiental B y que puedan continuar accediendo a la Zona de Especial Protección Distrito Centro hasta el 31 de diciembre de 2023.
Como ya informamos en su día, la vigente Ordenanza de Movilidad Sostenible, restringía la posibilidad de acceso de este tipo de vehículos al Distrito Centro a partir del 31 de diciembre de este año.
La enmienda aprobada introduce una Disposición final cuarta en la Ordenanza de Movilidad Sostenible, de 5 de octubre de 2018, donde se modifica el apartado 2 de la Disposición transitoria tercera sobre requisitos ambientales para el acceso al distrito de Centro, especificando que “hasta el 31 de diciembre de 2023” podrán acceder a la ZBEDEP Distrito Centro los vehículos a motor destinados al transporte de mercancías, con, al menos, cuatro ruedas y MMA no superior a 3.500 kilogramos que dispongan de clasificación ambiental B, los cuales lo podrán seguir haciendo en su horario actual de 7:00 a 13:00 h
Madrid, 13 de octubre 2022
Recordamos que, de conformidad con lo dispuesto en las disposiciones Transitorias de la vigente Ordenanza de Movilidad del Ayuntamiento de Madrid, los vehículos con la calificación de comerciales o industriales con etiqueta ambiental B de menos de 3.500 kg, no podrán acceder al llamado “Distrito Centro” partir del próximo 01/01/2023
Es decir, aquellos vehículos con tarjeta SER o de empresas que hubieran comunicado su condición de comercial o industrial al Ayuntamiento, con distintivo medioambiental «B» (etiqueta amarilla), y que hasta ahora podrían acceder al Distrito Centro en horario de 7:00 a 13:00 horas, no podrán acceder a la zona de bajas emisiones a partir del día 01/01/2023, aunque dichos vehículos mantengan la autorización de vehículo comercial.
Como excepción, sí podrán acceder en los siguientes supuestos:
- Si les proporciona el acceso un residente de la zona haciendo uso de sus autorizaciones puntuales
- Si acceden a un Parking subterráneo de la zona que gestionará la autorización de acceso.
Es decir, si tienen que realizar algún trabajo el Distrito Centro, podrán acceder si lo meten en algún parking subterráneo (dichos parkings ya le proporcionan el acceso) o, si el residente que les reclama para algún trabajo, les da el acceso (en este caso se lo deben solicitar al residente), a través de las autorizaciones puntuales de las que disponen, bien antes de que se produzca el acceso o hasta dentro de los 5 días inmediatamente posteriores al mismo, por alguna de las vías que ha dispuesto el Ayuntamiento:
- Telefónicamente a través del 010
- A través de la web del Ayuntamiento
- En Redes Sociales a través de @lineamadrid
Ayuntamiento de Madrid | Modificación de la ordenanza de movilidad
Madrid, 23 de septiembre 2021
Debido a su urgencia, a continuación transcribimos el escrito recibido del Ayuntamiento de Madrid y próximamente enviaremos un análisis más detallado de las principales novedades de la modificación de la ordenanza.
La preocupación por la calidad del aire en nuestra ciudad es una prioridad de este gobierno municipal. Y es que, desde hace más de 10 años, Madrid supera los niveles de contaminación establecidos en la legislación. Por ese motivo, se ha aprobado el pasado día 13 de septiembre la modificación de la Ordenanza de Movilidad Sostenible (en adelante OMS), que regula las nuevas zonas de bajas emisiones de la ciudad y constituye una herramienta fundamental para lograr un aire más saludable y sentar las bases de una ciudad sostenible. En particular, se crea la Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP) Distrito Centro, que introduce algunas modificaciones respecto al régimen anterior.
Una de esas modificaciones es la relativa a los horarios de acceso de los vehículos de empresas y profesionales que prestan servicios o recogen suministros en la ZBEDEP Distrito Centro, cuyos nuevos horarios son los siguientes:
El día 21 de septiembre se ha publicado la OMS en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, por lo que el día 22 han entrado en vigor la mayor parte de sus contenidos. Una vez que se adapten los sistemas de captación automática a los nuevos requisitos de acceso, se iniciará un periodo de aviso, de al menos dos meses de duración y del que se dará la oportuna publicidad, en el que los ciudadanos o profesionales que accedan sin autorización recibirán una carta informativa advirtiéndoles de que si hubiera ya finalizado este periodo de aviso habrían sido sancionados.
Es importante señalar que, durante ese periodo de transición, los conductores no están exentos de poder ser sancionados por un agente de la autoridad en caso de incumplimiento de la ordenanza.
Si desea más información puede consultar la página web del Ayuntamiento de Madrid (www.madrid.es/zbedistritocentro), la cuenta de twitter: @lineamadrid o llamar al teléfono: 010-Línea Madrid (o al 915298210 desde fuera o dentro de la ciudad de Madrid). También se ha habilitado una guía para conocer todas las políticas en materia de medio ambiente y movilidad referidas a la Estrategia de Sostenibilidad Ambiental Madrid 360, incluidas las zonas de bajas emisiones: www.madrid360.es
Para ampliar esta información o ante cualquier duda:
Departamento Jurídico
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