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Madrid, a 25 de octubre de 2018
Se limita los pagos en efectivo entre empresas y/o profesionales, pasando a ser de los 2.500 € por determinadas operaciones económicas que eran hasta la fecha a 1.000 €, aunque se mantiene el límite de 2.500 € para operaciones entre particulares.
Se establece la obligación de informar a la Administración sobre la tenencia y operaciones con criptomonedas (adquisición, transmisión, permuta, transferencia), tanto de empresas situadas en España como en el extranjero, siempre que afecte a contribuyentes españoles.
Se prohíbe la venta de software que permita la manipulación de la contabilidad y que no garanticen la integridad y trazabilidad de los datos en el introducidos. El fabricante podría ser multado con hasta 150.000 € por cada ejercicio que hubiera tenido este tipo de software a la venta.
Se prevé la rebaja del umbral de la deuda que supone la inclusión en el listado de morosos con la Hacienda Publica, pasando del millón de euros actuales a 600.000 €, así como la inclusión en la lista no sólo de los principales deudores, sino también de los responsables solidarios.
Se prevé la prohibición por Ley de amnistías fiscales, ya que, según la actual Ministra de Hacienda, Maria Jesus Montero, este tipo de medidas “son un agravio para los contribuyentes cumplidores y una derrota del Estado de Bienestar”.
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