Madrid, 10 de junio de 2019. NOTA DE PRENSA
A partir del 11 de junio, los madrileños que quieran sustituir sus calderas y calentadores individuales podrán acceder a las ayudas que ha convocado la Comunidad de Madrid a través de la Fundación de la Energía, informa Agremia (Asociación de Empresas del Sector de las Instalaciones y la Energía).
Tras varios años sin ayudas públicas para este tipo de actuaciones,“es una oportunidad única para que los ciudadanos puedan sustituir sus antiguas calderas o calentadores”, señalan desde esta Asociación. “Este Plan Renove, cuyos fondos ascienden a 620.000 euros, servirá para cambiar unos 2.000 aparatos, entre calderas y calentadores individuales, en los hogares de la Comunidad de Madrid”.
El presidente de Agremia, Emiliano Bernardo, manifiesta que “pese a la satisfacción por haber recuperado este tipo de ayudas, le habría gustado que el esfuerzo de las Administraciones para impulsar la sustitución de instalaciones individuales obsoletas y contaminantes hubiese sido mayor, teniendo en cuenta que de las casi 400.000 inspecciones que se realizaron en la Comunidad de Madrid en 2018, el 15% de los aparatos presentaron deficiencias”. Solicita, asimismo, que la medida se mantenga en los próximos ejercicios dando así continuidad a este tipo de actuaciones.
La cuantía del incentivo que podrán percibir los titulares o arrendatarios de las viviendas que realicen la sustitución será de 350 euros por inmueble en el caso de calderas de condensación y de 150 euros en el caso de calentadores estancos de bajo NOx.
Las ayudas de este Plan Renove de Calderas y Calentadores individuales se pueden solicitar hasta el 31 de diciembre de 2019 o el agotamiento de los fondos disponibles (620.000 euros).
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Madrid, 31 de mayo de 2019
Si bien las bases de la convocatoria, fueron publicadas la pasada semana, en el día de hoy, se ha publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid la convocatoria propiamente dicha.
A continuación resumimos la información acerca del Plan:
OBJETIVOS
A través de este Plan Renove de Calderas y Calentadores Individuales de la Comunidad de Madrid, se pretende incentivar la sustitución de antiguas calderas y calentadores individuales, por nuevos equipos más eficientes.
ÓRGANO GESTOR
ACTUACIONES SUBVENCIONABLES
La sustitución de calderas y calentadores individuales domésticos por otros aparatos que deberán ser nuevos, lo cual se acreditará mediante la factura correspondiente, y deberán satisfacer las siguientes características:
EQUIPOS
Las calderas y calentadores que se instalen, se deben encontrar en la base de datos de calderas y calentadores que satisfagan los requisitos técnicos exigidos en las presentes bases y que será creada al efecto por la Fundación de la Energía a partir de la información facilitada por las empresas Fabricantes Adheridas al Plan Renove de Calderas y Calentadores Individuales
Así mismo, los equipos sustituidos deberán ser inutilizados, lo que se deberá acreditar documentalmente
CUANTÍA DE LAS AYUDAS
La cuantía máxima de las ayudas que podrán percibir los beneficiarios del Plan Renove será la siguiente:
La ayuda del Plan Renove estará limitada, en cualquiera de los casos, al 25% del coste elegible (IVA no incluido).
¿QUIÉN PUEDE REALIZAR LA SUSTITUCIÓN?
La sustitución deberá ser realizada por Empresa Instaladora habilitada, que se encuentre adherida al Plan Renove, la cual tendrá la obligación de gestionar la solicitud de la ayuda en nombre de su cliente a través de los medios telemáticos establecidos al efecto por parte de la Fundación de la Energía.
PROCEDIMIENTO
Las empresas instaladoras que deseen participar en el plan, deberán darse de alta como empresa adherida a través de la web www.planrenovedecalderasindividuales.com en el apartado INSTALADORES, cumplimentando y enviando el formulario correspondiente y remitiendo las documentación que acredite su condición de empresa habilitada:
En concreto, las empresas que deseen adquirir la condición de Empresas Instaladoras Adheridas, deberán enviar:
Una vez enviada esta documentación, se le asignará un Número de Empresa Instaladora Adherida, así como una clave para acceder al programa informático.
A partir del día 11 de junio, las empresas adheridas podrán realizar reserva de fondos en favor de sus clientes mediante la cumplimentación del correspondiente Boletín de Solicitud de Incentivo (BOSI) y, desde ese momento, dispondrán de un plazo máximo de 90 días para remitir a FENERCOM la documentación justificativa de la operación. Transcurrido dicho plazo sin haber presentado la documentación caducará la reserva de fondos.
La documentación de los expedientes deberá remitirse en todo caso por medios telemáticos.
PLAZOS
Podrán acceder a las ayudas, las sustituciones de calderas y calentadores en instalaciones individuales sitas en la Comunidad de Madrid realizadas desde el 11 de junio de 2019 y hasta el agotamiento de los fondos, con el límite máximo del 31 de diciembre de 2019.
En este sentido es importante tener en cuenta que: sólo podrán acogerse al plan las sustituciones cuyo presupuesto, factura y justificante de pago se encuentren dentro del periodo incentivable, debiendo haberse realizado el pago necesariamente por medio bancario),
FONDOS DISPONIBLES
El importe total de los fondos disponibles asciende a 620.000 €.
A través de la web del Plan Renove de Calderas Individuales podrá verse en tiempo real el importe disponible en cada momento hasta su agotamiento.
Madrid, 30 de mayo de 2019
Continuando con la información remitida la semana pasada y que se encuentra disponible en la página web de Agremia dedicada a la información general sobre el Plan Renove de calderas y calentadores individuales de la Comunidad de Madrid , a pesar de que el Plan no está “oficialmente” abierto al no haberse publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid la correspondiente convocatoria, ya está operativa la web a través de la que se gestionará el plan: www.planrenovedecalderasindividuales.com
Por tanto, todas las empresas que deseen participar, pueden adherirse al mismo , sin perjuicio de que, hasta que no se publique la convocatoria, no será posible realizar solicitudes ni reservas de fondos.
Tal y como se indica en la misma página, la fecha prevista para el inicio del Plan es el próximo 11/06/2019, sin que se admitan cambios de calderas cuyo presupuesto, factura y justificante de pago (por medio bancario), sea de fecha anterior al citado 11/06/2019
El total de los fondos disponibles, ascenderá a 620.000 €
En el momento en que se publique la convocatoria, procederemos a informar.
Madrid, 23 de mayo de 2019
OBJETIVOS
A través de este Plan Renove de Calderas y Calentadores Individuales de la Comunidad de Madrid, que en esta ocasión será gestionado a través de la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid (FENERCOM), se pretende incentivar la sustitución de antiguas calderas y calentadores individuales, por nuevos equipos más eficientes.
ACTUACIONES SUBVENCIONABLES
La sustitución de calderas y calentadores individuales domésticos por otros aparatos que deberán ser nuevos, lo cual se acreditará mediante la factura correspondiente, y deberán satisfacer las siguientes características:
EQUIPOS
Las calderas y calentadores que se instalen, se deben encontrar en la base de datos de calderas y calentadores que satisfagan los requisitos técnicos exigidos en las presentes bases y que será creada al efecto por la Fundación de la Energía a partir de la información facilitada por las empresas Fabricantes Adheridas al Plan Renove de Calderas y Calentadores Individuales
Así mismo, los equipos sustituidos deberán ser inutilizados, lo que se deberá acreditar documentalmente
CUANTÍA DE LAS AYUDAS
La cuantía máxima de las ayudas que podrán percibir los beneficiarios del Plan Renove será la siguiente:
La ayuda del Plan Renove estará limitada, en cualquiera de los casos, al 25% del coste elegible (IVA no incluido).
¿QUIÉN PUEDE REALIZAR LA SUSTITUCIÓN?
La sustitución deberá ser realizada por Empresa Instaladora habilitada, que se encuentre adherida al Plan Renove, la cual tendrá la obligación de gestionar la solicitud de la ayuda en nombre de su cliente a través de los medios telemáticos establecidos al efecto por parte de la Fundación de la Energía.
RESERVA DE FONDOS
Desde el momento de la sustitución, las empresas adheridas podrán realizar reserva de fondos en favor de sus clientes mediante la cumplimentación del correspondiente Boletín de Solicitud de Incentivo (BOSI) y, desde ese momento, dispondrán de un plazo máximo de 90 días para remitir a la Fundación la documentación justificativa de la operación. Transcurrido dicho plazo sin haber presentado la documentación caducará la reserva de fondos.
PLAZOS
En el momento en que se publique la correspondiente convocatoria, se determinarán:
La previsión es que el Plan pueda estar operativo en la primera quincena del mes de Junio.
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