Publicado R.D. 723/2026 sobre condiciones laborales transparentes y previsibles

Madrid, 16 de septiembre de 2026

Asociación de Empresas de la Industria del Metal de Madrid

AECIM informa que se ha publicado en el BOE  el Real Decreto 723/2026, sobre condiciones laborales transparentes y previsibles. Esta norma transpone una Directiva europea y tiene como objetivo que los trabajadores reciban información mucho más detallada sobre la relación laboral.

 

Los principales cambios que introduce el Real Decreto son:

  • Periodo de prueba: El contrato deberá especificar qué tareas, funciones y experiencias se evaluarán.
  • Salario: No bastará con indicar una cantidad global o remitirse al convenio colectivo. Deberán aparecer por separado el salario base y cada complemento, junto con los criterios y métodos utilizados para calcularlos, incluidos bonus e incentivos.
  • Jornada: Deberán detallarse la duración y distribución del trabajo, los turnos, los cambios de horario, los preavisos, los descansos, las horas extraordinarias y las vacaciones. También habrá que concretar cómo funcionan los llamamientos de los trabajadores fijos discontinuos.
  • Algoritmos: Si la empresa utiliza sistemas automatizados para tomar decisiones que afecten al trabajador —por ejemplo, asignación de tareas, horarios, complementos, promociones o despidos—, deberá informar sobre sus parámetros y reglas de funcionamiento.
  • Accidentes laborales: El contrato también deberá identificar a la aseguradora, mutua o entidad responsable de cubrir los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

La norma también afecta a contratos que ya estén vigentes. Por tanto, si un trabajador solicita ahora esta información, la empresa tendrá 30 días hábiles para proporcionársela.

Disposición adicional primera. Modelo de documento informativo sobre las condiciones de trabajo.

  1. Sin perjuicio de la entrada en vigor de las obligaciones previstas en esta norma en los términos de la disposición final cuarta, el Ministerio de Trabajo y Economía Social, a través del Servicio Público de Empleo Estatal y en un plazo máximo de veinte días desde la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de este real decreto, pondrá a disposición de empresas y personas trabajadoras un modelo de documento informativo que recoja el contenido indicado en el artículo 3.
  2. La puesta a disposición del modelo de documento informativo no condicionará la exigibilidad de las obligaciones de información previstas en este real decreto. Hasta que dicho modelo sea publicado, las empresas deberán facilitar la información correspondiente en los términos establecidos en el artículo 6, por cualquier medio adecuado que garantice su constancia y accesibilidad para la persona trabajadora.

Disposición final cuarta. Entrada en vigor

La presente norma entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

En el enlace abajo referenciado se incluye el Real Decreto 723/2026 de 9 de septiembre de por el que se transpone la Directiva (UE) 2019/1152 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativa a unas condiciones laborales transparentes y previsibles en la Unión Europea.

Para ampliar esta información o ante cualquier duda:

Asesoría Laboral

Arancha Robredo

914687251 EXT 106

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