Sistema Verifactu: qué es y cuándo entra en vigor

ARTÍCULO TÉCNICO

¿Qué es Verifactu?

Dentro del marco de la Ley Antifraude, que pretende prevenir y combatir el fraude fiscal, una de sus principales medidas es la prohibición de los software de doble uso. Este tipo de herramientas permiten -o permitían- llevar una contabilidad paralela o Contabilidad Bdonde es posible alterar u ocultar ciertos registros de facturación o contabilidad. La nueva ley pretende que todos los programas y sistemas informáticos garanticen y cumplan con unos requisitos legales mínimos para evitar estos fraudes.

Estas exigencias se proyectan en el Reglamento Verifactu o Veri*factu, denominado de esta forma por ser la vía más sencilla de cumplir con las nuevos requerimientos. Estos son la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los datos que registra y almacena el sistema. Los productores  y desarrolladores de software de gestión y facturación como myGESTIÓN deben adaptarse al reglamento que define un formato y estructura de factura determinados. Además, cada una de las aplicaciones tiene que contar con elementos de seguridad tales como un hash encadenado, un código QR o la firma electrónica. Estas son medidas informáticas de seguridad para garantizar que el origen y la integridad de la factura.

La otra alternativa para cumplir con el reglamento es utilizar un software de facturas verificables o software Verifactu. Este es un sistema de envío de los registros de facturación a la sede electrónica de la Agencia Tributaria en el momento de su emisión. En definitiva, el nuevo reglamento pretende convertir a todas las facturas en verificables, es decir, que su origen y emisión sean probados y cotejados por la sede electrónica de la AEAT. Ya sea por remisión o envío automático de las facturas o por un requerimiento o inspección puntual de Hacienda.

¿Cuándo entra en vigor Verifactu?

El pasado 6 de diciembre de 2023 se publicó en el BOE el Reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales. Coloquialmente denominado Reglamento Verifactu por la Agencia Tributaria,aclara que le seguirá una Orden Ministerial de requisitos de desarrollo técnico que, a fecha de publicación de este artículo, el día X de enero de 2024, aún no se ha tramitado.

Una vez publicada la orden, prevista para el primer trimestre de 2024, los desarrolladores de los programas informáticos deberán acatar estos requisitos en un plazo máximo de 9 meses. Esto significa que para empresas y autónomos, Verifactu no será obligatorio hasta 2025.

¿Quién está obligado a utilizar Veri*factu?

Cumplir con el nuevo reglamento será obligatorio para todas las empresas y profesionales a partir de 2025. Aclarar primero que no es obligatorio enviar automáticamente a la sede electrónica de la AEAT la facturación en tiempo real, sino contar con un sistema de facturas verificables que cumpla con el reglamento anteriormente citado.

Hay excepciones para las empresas y profesionales que:

  1. SII: todos los empresarios y autónomos acogidos al Suministro Inmediato de Información están exentos de cumplir con la medida, debido a que ya lo hacen a través de este sistema.
  2. TicketBAI: en las tres Agencias Forales del País Vasco ya está en funcionamiento esta forma de comunicar las facturas en tiempo real. Es un sistema exactamente idéntico a Verifactu pero para los obligados tributarios de la comunidad autónoma vasca.
  3. Aquellos que no tengan obligación de facturación: comerciantes minoristas acogidos al Régimen Especial del Recargo de Equivalencia o actividades exentas de IVA.

¿Cómo cumplir con el Reglamento Verifactu?

Hay dos opciones para cumplir con el nuevo reglamento de facturas verificables y la Ley Antifraude. Ambas pasan por la utilización de un software o sistema informático que emita facturas acorde al ordenamiento. Ya no es posible utilizar programas como Word, Excel o similares que van contra la prohibición de los programas de doble uso.

  • Software de gestión: cuando entre en vigor oficialmente el reglamento antifraude de software, todos los programas o sistemas informáticos de gestión, facturación o contabilidad cumplirán con la ley. Entre ellos, myGESTIÓN. Además de la emisión de facturas, puedes controlar otro tipo de áreas como el almacén, el servicio técnico o el mantenimiento.
  • Software Verifactu: la otra alternativa es optar por un programa de facturas verificables. Estos envían de manera automática los registros de facturas a la sede electrónica de la AEAT para cumplir con la normativa.

Tienes de plazo, como mínimo, hasta inicios de 2025 para poner en marcha uno de estos dos sistemas. Si prefieres una aplicación que no remita automáticamente las facturas a la Agencia Tributaria, pero que cumpla con la ley, te invitamos a probar myGESTIÓN.



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