Subvenciones de la Comunidad de Madrid

Para la compra de vehículos eficientes, promoción de instalaciones fotovoltaicas, Renove de Salas de Calderas, Aislamiento de viviendas y Ventanas

Subvenciones de la Comunidad de Madrid para diferentes actuaciones
Miguel Ángel Sagredo

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Miguel Ángel Sagredo

Asesor Jurídico

Madrid, a 13 de diciembre de 2018

El viernes 7 de diciembre, se ha publicado en el BOCM la Orden de la Consejera de Economía, Empleo y Hacienda por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para:

El desarrollo del Plan de Movilidad Urbana Sostenible (MUS), que incluye ayudas a la adquisición de vehículos eficientes por parte de personas físicas

El Plan de Impulso de Instalaciones de Autoconsumo Fotovoltaico en el sector residencial

El Plan Renove de Salas de Calderas

El Plan de Aislamiento de edificios

El Plan Renove de Ventanas

Lo que establece la orden

La Orden establece los criterios generales para acceder a cada una de dichas ayudas, beneficiarios, requisitos, criterios para determinar el importe de las ayudas, etc …, que en este caso serán gestionadas directamente a través de la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid (FENERCOM), si bien deja para el momento en que se publique la convocatoria de cada una de ellas, el plazo para la presentación de las solicitudes y el periodo en el que podrá realizarse la acción subvencionable.

Novedades

Entre las diferentes ayudas, destacan por su novedad, el Plan MUS, dirigido a personas físicas y que complementa el Plan PIVCEM que viene convocando desde hace un tiempo la Comunidad de Madrid y que se limita a la adquisición de vehículos eficientes comerciales, auxiliares y de servicios. Dentro de las ayudas a la adquisición del vehículo, se contemplan también ayudas al establecimiento de sistemas de recarga de los vehículos.

En segundo lugar, se establecen ayudas por vez primera a la ejecución de instalaciones solares fotovoltaicas dirigidas al autoconsumo en la propia instalación, en edificios del sector residencial.

En cuanto al Plan Renove de Salas de Calderas, se recupera, después de varios ejercicios en que ha sido sostenido con fondos exclusivamente privados, la financiación pública para la sustitución de salas de calderas en comunidades de propietarios, fincas de propiedad particular de dos o más viviendas y empresas y edificios pertenecientes al sector terciario con potencia superior a 70 kW.

Acceso a la norma

Puedes acceder al texto íntegro de la norma a través del siguiente botón

CONTENIDO BOCM

CONVOCATORIAS PUBLICADAS

A la fecha de publicación de esa circular, se han publicado las Convocatorias del Plan MUS y del Plan de Impulso a las Instalaciones de Autoconsumo Fotovoltaico en el Sector Residencial, que se analizan de manera separada.

PLAN DE MOVILIDAD URBANA SOSTENIBLE (MUS)

FONDOS AGOTADOS

Con fecha 12 de diciembre de 2018, se ha publicado la convocatoria por la que se conceden  ayudas para la adquisición de vehículos eficientes bajo los siguientes requisitos:

BENEFICIARIOS: Podrán ser beneficiarios de las ayudas todas las personas físicas (se incluyen tanto particulares como autónomos), que adquieran los vehículos que se especifican más adelante siempre que dicho vehículo esté domiciliado en la Comunidad de Madrid, y la compra se produzca entre el 14 de diciembre de 2018 y el 31 de diciembre de 2019

ACTUACIONES SUBVENCIONABLES: Podrán acogerse a las ayudas, las compras de vehículos pertenecientes a las categorías M1 o L que se detallan a continuación:

  • Turismos M1:
    • Con motor de combustión interna a GLP, GNC, GNL o bifuel (gasolina + gas)
    • Eléctricos puros
    • Eléctricos de autonomía extendida
    • Híbrido enchufables
    • De pila de combustible

Que además dispongan de la clasificación energética prevista en la norma según la base de datos del IDAE

  • Cuadriciclos ligeros L6e, de masa en vacío < a 350 kg (excluidas baterías) de potencia inferior o igual a 4 kW y Motocicletas L3e, L4e y L5e
    • Propulsado exclusivamente por motor eléctrico y estar homologados como tal.

IMPORTE DE LA SUBVENCIÓN

Subvenciones del Plan MUS de la Comunidad de Madrid

A efectos de la determinación de la ayuda, no se incluirá en el valor de la inversión subvencionable el IVA

PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES: Las solicitudes se canalizarán a través de los concesionarios de venta de vehículos, que deberán estar adheridos al Plan, y deberán presentarse entre el 14 de diciembre de 2018 y el 31 de diciembre de 2019., y se atenderán por orden de presentación hasta el agotamiento de los fondos disponibles.

SUBVENCIONES PARA LA EJECUCIÓN DE INSTALACIONES SOLARES FOTOVOLTAICAS PARA AUTOCONSUMO EN EDIFICIOS RESIDENCIALES

Con fecha 12 de diciembre de 2018, se ha publicado la convocatoria por la que se conceden ayudas para ejecución de instalaciones solares fotovoltaicas para autoconsumo en edificios de carácter residencial.

BENEFICIARIOS: Personas o jurídicas que sean titulares o arrendatarios del inmueble en el que se instalen los módulos solares fotovoltaicos.

ACTUACIONES SUBVENCIONABLES: Las ayudas se destinarán a la ejecución de instalaciones fotovoltaicas de autoconsumo nuevas, cuyos presupuesto, facturas y justificantes de pago estén comprendidos entre el 18 d diciembre de 2018 y el 30 de junio de 2019, que cumplan los siguientes requisitos:

  1. Que la instalación se realice en un edificio de uso residencial sito en la Comunidad de Madrid
  2. Que la actuación sea realizada por una empresa instaladora adherida al Plan. Sólo podrán tener la condición de empresa adherida la empresas habilitadas como Empresa de Baja Tensión con categoría especialista.

Quedan excluidas las instalaciones que deban ser ejecutadas de manera obligatoria según la normativa vigente.

IMPORTE DE LA SUBVENCIÓN: Ascenderá a un 30 % de la inversión incentivable con un límite de 15.000 € por actuación. A efectos de la determinación de la ayuda, no se incluirá en el valor de la inversión subvencionable el IVA

PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES: Las solicitudes se canalizarán a través de las empresas instaladoras adheridas, y deberán presentarse entre el 2 de enero y el 30 de junio de 2019, y se atenderán por orden de presentación hasta el agotamiento de los fondos disponibles.

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